La reagrupación familiar permite a los extranjeros que residen legalmente en España traer a sus familiares más cercanos para vivir con ellos. En Lexey Abogados, despacho especializado en extranjería en Madrid, te asesoramos de principio a fin para que tu solicitud tenga éxito y tu familia pueda reunirse contigo sin contratiempos.
¿Qué es la reagrupación familiar?
Es una autorización de residencia que permite a un extranjero, titular de una residencia de al menos un año, solicitar que ciertos miembros de su familia puedan vivir legalmente con él en España.
Esta figura está regulada en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento (Real Decreto 557/2011), y responde al derecho a la vida familiar de las personas migrantes.
¿A quién se puede reagrupar?
Con la reagrupación familiar, puedes traer a:
- Tu cónyuge o pareja registrada.
- Hijos menores de 18 años, o mayores con discapacidad.
- Ascendientes (padres o suegros) mayores de 65 años, si están a tu cargo.
En algunos casos se pueden incluir parejas de hecho o menores bajo tutela, siempre que se cumplan ciertos requisitos adicionales.
Requisitos para la reagrupación familiar
🏠 Acreditar vivienda adecuada
Debes demostrar que dispones de una vivienda digna y adecuada para alojar a los familiares que vendrán.
💶 Medios económicos suficientes
Tendrás que acreditar que tienes ingresos estables que cubran tus necesidades y las de tus familiares. Se suele requerir un mínimo del 150% del IPREM, y un 50% adicional por cada familiar.
📝 Documentación en regla
Pasaporte, certificado de nacimiento, prueba de parentesco, empadronamiento, certificado médico y antecedentes penales, entre otros.
¿Cómo te ayuda Lexey Abogados?
En Lexey Abogados Madrid, gestionamos tu expediente de forma integral:
- Revisamos tu situación personal y económica.
- Preparamos la solicitud con toda la documentación necesaria.
- Acompañamos el proceso ante la Oficina de Extranjería.
- Solicitamos recursos en caso de denegación.
Nuestro equipo evita errores comunes y aumenta las probabilidades de éxito en tu solicitud.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo reagrupar a mi pareja si no estamos casados?
Sí, si sois pareja de hecho registrada. También puede ser posible sin registro, aunque el proceso es más complejo.
¿Cuánto tarda la reagrupación familiar?
El plazo de resolución suele ser de 2 a 3 meses, dependiendo de la carga administrativa de la Oficina de Extranjería.
¿Puedo trabajar si soy reagrupado?
Los familiares reagrupados podrán trabajar en España una vez obtengan su tarjeta de residencia, si son mayores de edad.
Une a tu familia con la ayuda de Lexey Abogados
No estás solo en este proceso. Reunir a tu familia en España es posible si cumples con los requisitos y presentas la solicitud correctamente.
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