La figura de la pareja de hecho se ha convertido en una vía legal cada vez más utilizada por ciudadanos extranjeros que desean obtener la residencia en España. En Lexey Abogados, despacho especializado en extranjería en Madrid, ofrecemos asesoramiento legal completo para ayudarte a tramitar tu residencia por vínculo de pareja de hecho, evitando errores y retrasos.
¿Qué es una pareja de hecho?
Una pareja de hecho es una relación estable entre dos personas no casadas, registrada oficialmente ante un organismo público. En muchas comunidades autónomas, como Madrid, este reconocimiento ofrece derechos similares al matrimonio, incluyendo la posibilidad de solicitar la residencia para el miembro extranjero.
¿Quién puede solicitar la residencia por pareja de hecho?
Pueden solicitarla:
- Extranjeros que no tengan ciudadanía europea, pero cuya pareja sí sea ciudadano/a español/a o comunitario/a.
- Extranjeros con pareja con residencia legal en España (en algunos casos se puede solicitar por arraigo familiar).
✅ La clave es registrar oficialmente la pareja en el registro correspondiente (en Madrid, ante la Comunidad Autónoma).
Requisitos para la residencia por pareja de hecho
📌 Registro oficial como pareja estable
Debe existir una inscripción oficial. En Madrid, se exige:
- Convivencia demostrable.
- Documentación de identidad y empadronamiento conjunto.
- Declaración jurada de convivencia estable.
📌 Medios económicos
El ciudadano español o comunitario debe demostrar ingresos suficientes para garantizar el sustento del solicitante.
📌 Seguro médico
Es necesario contar con un seguro público o privado que cubra la estancia del solicitante en España.
¿Cómo te ayudamos en Lexey Abogados?
En Lexey Abogados Madrid, gestionamos todo el proceso legal:
- Te asesoramos sobre el registro de la pareja.
- Preparamos tu expediente para la Oficina de Extranjería.
- Acompañamos durante la entrevista y presentación de documentos.
- Presentamos recursos si hay denegaciones o requerimientos.
Conocemos la normativa y cómo aplicarla con éxito en cada caso.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Cuánto tiempo se tarda en obtener la residencia?
Desde que se presenta la solicitud, el plazo habitual es de 3 meses, aunque puede variar según la carga administrativa.
¿Qué pasa si mi pareja es comunitaria pero no española?
También puedes solicitar la residencia como familiar de ciudadano de la Unión, con derechos similares a los del matrimonio.
¿Puedo trabajar con este permiso?
Sí. La residencia como pareja registrada habilita para trabajar por cuenta ajena o propia en España.
Confía tu trámite a Lexey Abogados
No pongas en riesgo tu solicitud por falta de información. En Lexey Abogados, somos expertos en residencia por pareja de hecho en Madrid y ofrecemos una atención cercana, eficaz y personalizada.
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